La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se declaró incompetente en la demanda iniciada por la Municipalidad de La Rioja contra el control del Tribunal de Cuentas provincial. El máximo tribunal determinó que la disputa por la autonomía municipal y la ley local es un asunto «ajeno a la instancia originaria» y debe resolverse en la justicia riojana.
La batalla por la autonomía municipal
La causa, caratulada «Municipalidad de La Rioja c/ La Rioja, Provincia de s/ amparo», fue iniciada por el entonces intendente del Departamento Capital contra la propia Provincia de La Rioja.
El Municipio buscaba frenar la Resolución 61/2019 del Tribunal de Cuentas provincial y la ley local 9871, que le asignó al Tribunal de Cuentas provincial facultades de contralor en la percepción e inversión de caudales en el Municipio de la Capital.
La Municipalidad argumentó que estas normas conculcan la autonomía municipal garantizada por los artículos 5° y 123 de la Constitución Nacional. A su juicio, estas leyes reducen a la Municipalidad «a un mero órgano administrativo al que el Estado Provincial puede controlar en su gestión de gobierno, allanando e incluso deteniendo a sus funcionarios».
La Corte se inhibe: la «cuestión local» predomina
La CSJN, en su fallo del 14 de noviembre de 2023, resolvió declarar que la causa es ajena a su competencia originaria.
El Tribunal adoptó el dictamen de la Procuradora Fiscal, entendiendo que la materia del pleito no resulta «exclusivamente federal», sino que está ligada a cuestiones de «índole local».
«El respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean dichos magistrados [los provinciales] los que intervengan en las causas en que se ventilan cuestiones de ese carácter.»
La Corte resolvió que la disputa debe tramitar ante la Justicia de la Provincia de La Rioja, dejando abierta la posibilidad de que los aspectos federales del litigio sean revisados posteriormente por el máximo tribunal a través del recurso extraordinario.



